Ocupa2, agencia de colocación, informa sobre el contrato de formación

Ocupa2, Agencia de Colocación, quiere informaros de los requisitos que han de tener las personas demandantes de empleo que se registran en una oferta de empleo en la que indicamos en nuestra web que se realizará un contrato de formación en alternancia (antiguo contrato para la formación y el aprendizaje).

Por la elevada tasa de desempleo que mantenemos desde hace ya bastantes meses en nuestro país, donde el índice más alto de inactividad laboral está marcado en el colectivo de jóvenes, el gobierno decidió modificar el concepto, edad y requisitos para la contratación de demandantes de empleo bajo la modalidad del contrato de formación.

Ahora con este contrato, se pretende la alternancia del trabajo retribuido con  la formación. Esta formación siempre deberá estar relacionada con las responsabilidades del puesto trabajo que realizamos dentro de una empresa y está orientada y tiene por objeto la cualificación profesional de los trabajadores.

Esta modalidad contractual se puede realizar con demandantes de empleo mayores de 16 años y menores de 30.

El otro requisito imprescindible para poder realizar el contrato en alternancia, es que la persona demandante de empleo carezca de cualificación profesional para el puesto de trabajo que ocupe.

El trabajador que realice este tipo de contratación, su jornada laboral durante el primer año no podrá se superior al 65% de la jornada laboral durante el primer año y del 85 % durante el segundo.

Este tipo de contrato laboral, tendrá una duración inicial de 3 meses y con un máximo de 2 años, pero puede ser modificada por el convenio colectivo.

Con estas ofertas de trabajo, todas aquellas personas que cumplan los requisitos establecidos por Ley, tiene la oportunidad de cualificarse profesionalmente mientras adquieren experiencia laboral.

En Ocupa2, agencia de colocación, te informamos y orientamos para que tu búsqueda de trabajo sea más fácil.