El certificado de empresa: imprescindible para pedir el paro

El certificado de empresa es un documento que acredita la situación legal de desempleo del trabajador y la causa de ésta, es decir, el motivo por el que ha finalizado la relación laboral entre el trabajador y la empresa. 

 

Por qué es necesario el certificado de empresa para solicitar el paro

Que el SEPE reciba el certificado de empresa del trabajador es imprescindible para poder pedir el paro ya que en él vienen determinados 2 aspectos claves:

  • El motivo de cese de la relación laboral: que determina si el trabajador tiene derecho o no a percibir prestación por desempleo.
  • Las bases de cotización: a partir de las cuales se calcula el importe de la prestación o subsidio por desempleo que percibirá el trabajador.

Por tanto el Certificado de Empresa es completamente necesario para solicitar el paro, ya que acredita la situación legal de desempleo, la causa de la misma, sirve para determinar si el trabajador tiene o no derecho a la prestación y el importe que le corresponde. Siendo necesario que la oficina de empleo haya recibido los certificados de empresa correspondientes a los últimos seis meses trabajados.

 

Cómo se entrega el certificado de empresa

Desde el 1 de julio de 2010, la empresa está obligada a entregar el certificado indicando fecha de inicio y de fin, así como motivo de cese, excepto en los siguientes casos:

  • Trabajadores autónomos.
  • Profesionales taurinos y representantes de comercio y a los sistemas especiales para empleados de hogar y de la industria resinera, así como en el régimen especial de los trabajadores del mar, respecto a los trabajadores por cuenta propia.

Y Según la Orden TIN/790/2010, la empresa deberá hacer esta comunicación de forma online, por lo que normalmente la empresa no entregará el documento al trabajador en mano, sino que lo enviará de forma telemática al SEPE.

Sólo se hace la entrega en mano en aquellas empresas que por su actividad (fija discontinua o temporal) tengan diferentes periodos de actividad o inactividad o distintos contratos temporales dentro del mismo mes y también en empresas muy pequeñas.

 

Cómo obtener el certificado de empresa

El trabajador puede obtener su certificado de empresa de 2 maneras:

  • Solicitando una copia en el Servicio Público de Empleo (derecho que se establece en la Orden TIN/790/2010, de 24 de marzo).
  • Por Internet: a través de la página del SEPE se puede consultar el certificado de empresa, para ello debemos de tener DNI electrónico, certificado digital o clave de usuario. Por esta vía también podemos comprobar que nuestro certificado está enviado por parte de la empresa.

El documento debe ir firmado y sellado por el representante legal de la empresa, siendo obligatorio presentarlo correctamente cumplimentado en un plazo máximo de 10 días tras el cese de la relación laboral y debe indicar:

  • Causa de la extinción de la relación laboral (despido, finalización del contrato, no superación del periodo de prueba, ERE, baja voluntaria, etc).  Es muy importante, pues determina el derecho o no a una prestación.
  • Tipo de contrato y jornadas de trabajo.
  • Cotizaciones por contingencias comunes y de desempleo
  • Vacaciones anuales retribuidas y no disfrutadas, etc

Según el Servicio Público de Empleo, si la empresa no cumple con su obligación de comunicar el certificado de empresa no será sancionada directamente, será susceptible de sanción si el trabajador solicita la prestación en la Oficina de Empleo y se detecta la falta de dicho envío.

Por tanto si la empresa se niega a entregar el documento, el trabajador debe solicitar la prestación de la manera habitual, es decir, dentro del plazo de 15 días hábiles desde la situación legal de desempleo, evitando así que se pase el plazo y con él el derecho a dicha prestación, con la salvedad de que al ir a la oficina del SEPE para pedir el paro, habría que solicitar la prestación acompañada del impreso “Declaración de carencia de documentación en la solicitud de prestaciones”, y será el SEPE el que se lo pida a la empresa.

Si el motivo por el cual no se ha enviado es porque la empresa ha desaparecido, el trabajador deberá marcarlo en el mismo impreso y el Servicio Público de Empleo Estatal intentará contactarla, directamente o a través de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Como hemos dicho anteriormente, la gestión del certificado de empresa por parte de la empresa se realiza de forma telemática ya que la mayoría están obligatoriamente incluidas en el Sistema RED (Remisión Electrónica de Documentos). Con este flujo de datos el SEPE tiene constancia de las cotizaciones del trabajador por lo que no es necesario incluir ninguna otra documentación adicional para solicitar el paro. En caso de que la empresa no estuviese integrada en este sistema RED, deberá facilitar al trabajador los TC2 de los últimos 180 días de trabajo anteriores al cese.

Y por último, especificar que en el caso de que el trabajador al terminar la relación laboral no esté conforme con el finiquito, no tiene por qué firmarlo sin que esto signifique que la empresa pueda negarse a mandar el certificado de empresa perdiendo así el trabajador días de paro. La obligación de entregar el certificado es de la empresa, por lo tanto si ésta no lo ha hecho dentro de plazo está incumpliendo con su obligación, y no puede ser perjudicado el trabajador que está en su derecho de no firmar el finiquito o firmarlo como «no conforme».