Los primeros pasos para convertirte en autónomo

Has decidido dar el salto y convertirte en emprendedor. Sabes que será un camino complicado, así que es muy importante iniciarlo con buen pie: te damos las indicaciones necesarias para no perderte con los trámites y tenerlo todo en orden.

Pero antes tenemos que hacerte una pregunta: ¿lo has pensado bien? No se trata de desmoralizarte, el autoempleo es una opción genial para muchos profesionales que buscan hacerse hueco en el mercado laboral, pero sí debes tener muy claro cuál es tu modelo de negocio y su viabilidad.

Para ello es básico elaborar un buen plan de empresa, un asunto peliagudo del que hablaremos próximamente, y que damos por hecho que ya tienes más que listo. Si es así, enhorabuena: ya sabrás aproximadamente cuánto vas a facturar, cuál es tu nicho de mercado y cuáles son tus previsiones presupuestarias para los primeros años.

Si lo de plan de empresa te suena a chino, es el momento de pararte y reflexionar. No importa si estás pensando simplemente en trabajar desde casa y no necesitas local ni herramientas costosas; igualmente necesitas una planificación cuidadosa para garantizar que esta aventura no se quebrará al poco de iniciarse.

Muy bien. Ya tienes tu plan de empresa y has hecho todos los números. ¿Y ahora qué?

  1. Acude a una delegación de la Agencia Tributaria y comunica que vas a comenzar tu actividad como trabajador autónomo. Para ello tendrás que presentar una declaración censal en la que indicarás tus datos profesionales y tus datos de pago del IRPF (Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas) y de la declaración trimestral de IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido). Esta declaración se realiza con el modelo 036 o 037, dependiendo si te incluyes en el régimen ordinario o simplificado; la mayoría de los autónomos estarán en el segundo caso (modelo 037). También en la Agencia Tributaria tendrás que darte de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) para cuyo pago en principio estarás exento ya que sólo lo realizan quienes facturan más de un millón de euros al año. No obstante, la inscripción es obligatoria en el epígrafe correspondiente según la actividad que vayas a realizar. Puedes consultar la lista de actividades en este enlace: epígrafes del IAE.
  2. Ve a una oficina de la Seguridad Social y date de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), en el plazo máximo de 30 días desde tus anteriores trámites en Hacienda. Tendrás que utilizar el modelo TA0521, del que existen varias versiones según el tipo de trabajador que seas (puedes consultarlas todas aquí), y presentar una serie de documentos identificativos.
  3. Si vas a necesitar un local para ejercer tu actividad profesional necesitarás licencias de apertura y actividades que tendrás que solicitar en tu ayuntamiento, y que suele conllevar otros trámites adicionales como proyectos de instalación.

Recuerda que para los dos primeros pasos podrás realizar tus gestiones tanto de manera presencial como telemática: en las páginas de la Agencia Tributaria y la Seguridad Social tienes toda la información para llevarlas a cabo.

Y ya está: todo listo para ponerte en marcha. Tendrás que afrontar muchos otros trámites, pago de impuestos, declaraciones y obligaciones fiscales, que ya te iremos contando para que no te pierdas. A partir este momento, la aventura es sólo tuya. ¡Mucha suerte!