Paralizada la ayuda de 430 euros para parados de 52 años sin desempleo

Artículo actualizado el 01/04/2019

El subsidio para personas desempleadas mayores de 52 años que hayan agotado su prestación por desempleo, parecía volver. El 13 de marzo comenzaron las solicitudes y a día de hoy el Servicio Público de Empleo Estatal se ha visto obligado a parar este proceso debido a una serie de dudas que han encontrado los funcionarios a la hora de aprobar la mayoría de solicitudes. En este sentido, el SEPE ha encontrado algunos problemas a la hora de resolver las peticiones y ha decidido rechazar aquellas que no son claras, en su caso la mayoría. Habrá que esperar a ver cómo se resuelve esta situación.

Características del subsidio

Esta subvención recupera sus características anteriores a 2012. Año en el que se modificaron algunos requisitos. Con el nuevo giro, las condiciones cambian. Ahora las personas paradas de 52 años que hayan agotado su prestación por desempleo podrán recibir una ayuda de 430 euros al mes. Una cuantía fija independientemente de que provenga de una jornada parcial o completa.

Esta ayuda de 430 euros podrá extenderse hasta que los beneficiarios alcancen la edad de jubilación. Es decir, se alarga hasta que el receptor tenga acceso a la pensión contributiva de jubilación.

Tramitación de la solicitud

Para solicitar la ayuda, las personas que cumplan los requisitos de esta medida necesitan, en primer lugar, cita previa en su oficina del SEPE. En esta cita deberán aportar la documentación necesaria para iniciar el trámite.

Existe un modelo oficial de solicitud que deben completar. Para demostrar la identificación de quien solicita la ayuda habrá que mostrar el DNI. En caso de personas extranjeras, podrán llevar certificado de registro de ciudadano (NIE) o tarjeta de identidad de extranjeros (TIE).

Para recibir la cuantía mensual, es imprescindible presentar un documento bancario que figure el número de cuenta del que se es titular.

En caso de que el Servicio Público de Empleo Estatal lo solicite, deberemos presentar un justificante de rentas.

Cada 12 meses

No olvides presentar de forma anual una declaración de tu renta para justificar que sigues cumpliendo los requisitos para tener acceso a esta ayuda y que puedas seguir beneficiándote de este subsidio. En caso de que olvides este paso, dejarás de cobrar dicha ayuda.

Cotización

Las personas trabajadoras beneficiarias de este subsidio podrán firmar un Convenio Especial a través de las Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social para completar la cotización por jubilación que efectúa el SEPE.

Más medidas de este decreto

Además de lo anteriormente comentado, El Consejo de Ministros, con la aprobación de este decreto, pone en marcha otras medidas como el control de la jornada laboral y algunos puntos de la Garantía Juvenil.

Control de horas

El Estatuto de los Trabajadores desde ahora obliga a las empresas a que lleven un registro de las horas de sus trabajadores. Así,  deberán reflejar a diario el inicio y fin de la jornada laboral. Una medida que respeta la flexibilidad horaria. Solo se exige que haya datos de la hora y entrada de los trabajadores.

El borrador matiza esta nueva situación indicando que las compañías están obligadas a guardar durante cuatro años el registro de horas. Además, estos datos estarán a disposición de los trabajadores, sindicato, Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

El margen para que las empresas pongan en marcha esta medida es de dos meses desde que el real decreto se publique en el Boletín Oficial del Estado.

Otras medidas sociales

Este decreto ley apuesta también por recuperar la cotización a la Seguridad Social de los cuidadores familiares de personas dependientes. Además, se duplicarán las cuantías no contributivas para luchas contra la pobreza infantil y se mejora las cantidades mínimas de las pensiones por incapacidad permanente total.

En cuanto a los trabajadores agrarios por cuenta ajena se reduce para reducir el impacto del aumento del salario mínimo interprofesional.

El sector de las artes también está contemplado en estas nuevas medidas y desde ahora podrán seguir incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social durante su inactividad.

Si nos centramos en las personas autónomas, el decreto recoge que se pagarán las cuotas por contingencias a los trabajadores por cuenta propia que tengan incapacidad temporal antes de la entrada en vigor del Real Decreto de Revalorización de Pensiones y otras medidas urgentes.

Jóvenes entre 16 y 30 años

Hablamos ahora del llamado Plan de Garantía Juvenil para este sector de la población. El real decreto recién aprobado establece que los servicios públicos de empleo podrán solicitar la inscripción en el sistema de personas inscritas como demandantes de empleo siempre que el solicitante cumpla todos los requisitos.

¿Y si contratas a parados de larga duración?

¡Bonificación! Los empresarios que rescaten a desempleados inscritos en el SEPE y lo hagan de forma indefinida tendrán derecho a una bonificación de la cuota empresarial a la Seguridad Social de 1.300 euros al año durante tres. Cifra que aumenta hasta los 1.500 euros si esa persona contratada es una mujer.

En ámbito agrario, las conversiones de contratos eventuales a indefinidos también tendrán recompensa al reducirse a la mitad las cuotas de los trabajadores fijos a la seguridad social.

Las últimas novedades se centran en la construcción de un grupo de expertos antes del 30 de junio de este año para elaborar un nuevo Estatuto de los Trabajadores.

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