Asesoramiento laboral

¿Puedo retomar el desempleo tras terminar un contrato?

Retomar el desempleo o reanudar el cobro de la prestación por desempleo tras la finalización de un contrato, es una de las cuestiones más planteadas por vosotros.

¿Qué pasa si se interrumpe el cobro del desempleo por un trabajo temporal cuando finaliza el periodo laboral?

Pues bien, en función del tipo de prestación que estuvieras recibiendo, puede ocurrir:

1. Retomar el desempleo si la relación laboral ha terminado porque has solicitado la baja voluntaria:

En ese caso, no tendrás derecho a solicitar el desempleo, ni a reanudar el anterior, si lo tenías.


Para poder solicitar/reanudar el desempleo, la relación laboral ha de finalizarla el empresario, en caso contrario, hasta que no tengas un contrato de al menos tres meses y la relación laboral finalice por decisión del empresario (no superado periodo de prueba a instancias de la empresa, fin contrato temporal, despido del tipo que sea), no generas el derecho a la prestación por desempleo, a pesar de que hayas cotizado el tiempo necesario.

Cuando de tu empleo anterior hayas terminado por una baja voluntaria y en el trabajo actual no superes el periodo de prueba antes de los tres meses, el contrato sea por una duración inferior o el empresario te despida antes de este plazo, tampoco podrás solicitar el desempleo o reanudar el anterior.

 

 

2. Retomar el desempleo si tenías una prestación por desempleo:

Si la duración del trabajo ha sido inferior a 360 días, deberás necesariamente solicitar la reanudación de la prestación que quedó suspendida.

Si la duración del trabajo o trabajos realizados desde la suspensión de la prestación por desempleo haya sido igual o superior a 360 días, podrás optar entre

👉 Reabrir el derecho anterior por el período que te faltaba y los importes que te correspondían.

👉  O a percibir la prestación generada por las nuevas cotizaciones.

Debemos tener en cuenta que, cuando se opta por la prestación anterior, las cotizaciones que generaron la prestación que se ha descartado, se considerarán utilizadas, por lo que no podrán tenerse en cuenta para el reconocimiento de una futura prestación. Es decir, a la prestación que renuncies, no podrás recuperarla ni sumarla a nuevas cotizaciones.

De cara a la jubilación, bajas…, sí te contarán esos días cotizados, pero no generarán derecho a prestaciones.

3. Retomar el desempleo si por el contrario era el Subsidio por desempleo:

Tenemos 3 posibles casos a su vez:

⭐ Si tiene cotizaciones (no utilizadas para el reconocimiento de una prestación o subsidio) inferiores a 90 días, sólo podrás reanudar el subsidio suspendido.

⭐ Si tiene cotizaciones (no utilizadas para el reconocimiento de una prestación o subsidio) iguales o superiores a 90 días e inferiores a 360: en este caso, y si cumples los requisitos para acceder a un subsidio por cotizaciones de menos de doce meses, a la finalización del empleo podrás elegir entre solicitar este nuevo subsidio o la reanudación del subsidio suspendido.

⭐ Si tiene cotizaciones (no utilizadas para el reconocimiento de una prestación o subsidio) iguales o superiores a 360 días: en este caso deberás necesariamente solicitar una prestación por desempleo nueva.

Ocupa2

Ver comentarios

  • Hola. Hace dos años me fui al paro y pasados cuatro meses encontré trabajo de nuevo. Ahora me ha surgido la posibilidad de ir a otra empresa en la que mejoro un poco las condiciones económicas y principalmente el proyecto es más interesante. Si doy el paso debo presentar la baja voluntaria en mi empresa y empezar el contrato en la nueva. Si me despidiesen de la nueva empresa antes de los tres meses ¿podría recuperar el paro que tenía reconocido hace dos años?
    Mi temor es que el sector en el que trabajo empieza a tener problemas y esta situación me preocupa mucho.
    ¿Hay alguna forma para protegerse? ... porque estoy por pedir a la nueva empresa un precontrato garantizado de 3 mese, pero me parece la mejor forma de entrar en la misma. Muchas gracias.

    • Hola Miguel,

      Efectivamente después de una baja voluntaria hay que tener un mínimo de 3 meses trabajados para que en caso de despido puedas solicitar o retomar el derecho a prestación por desempleo, esa es la norma general, si hay alguna salvedad en tu situación que puedas alegar para cambiar esa condición es algo que desconocemos, por lo que no podemos plantearte la posibilidad.

      Un saludo del equipo.

  • Hola, tengo una duda. Tengo el máximo prestación por haber trabajado 8 años en una empresa a un buen sueldo. Estoy en varios procesos de selección pero me están ofreciendo mucho menos que estaba cobrando antes. Me gustaría trabajar para ver si me gusta la empresa y si puedo acoplar al sueldo menor, pero no quiero perder mi prestación actual si al final, digamos después de seis meses, no me conviene la empresa o el puesto o el sueldo. Que tipo de contrato tengo que pedir para que después de seis meses puedo volver a cobrar la prestación de paro original?

    • Buenos días Manuel,

      Si tienes la prestación activa, es decir, la has solicitado y te la han aprobado de cara a empezar a percibir la prestación que te corresponde, si ahora la cortas por iniciar un contrato de trabajo y si ese contrato finaliza, siempre puedes reanudarla en el momento que la cortaste, es decir, con mismo importe y por el tiempo restante que te quedase , eso sí, siempre y cuando no sea una baja voluntaria.
      En el caso de que el contrato sea de más de 365 días y generara otro derecho a desempleo podrías elegir entre el nueva prestación generada o reanudar la anterrior, que por lo que nos trasmites entendemos que es lo que más te interesa. Esperamos haberte servido de ayuda.

      Un saludo del equipo.

  • Buenas tardes, mi caso es el siguiente: llevo 14 años trabajando en una empresa aunque los últimos 7 estoy trabajando media jornada por conciliación familiar y las cosas no van bien, si me echan y encuentro un nuevo trabajo pero al poco tiempo me despiden, qué paro me quedaría y qué porcentaje, el correspondiente al primer trabajo o al segundo? Qué porcentaje me quedaría por la conciliación familiar?Gracias de antemano, un saludo.

    • Hola Álvaro,

      Si te despiden tendrás derecho a prestación por desempleo de 2 años teniendo en cuenta el tiempo que llevas trabajando, respecto a la cantidad se calcula en función las cotización de últimos 6 meses trabajados, independientemente del tiempo que lleves en la empresa o el cambio de condiciones o jornada laboral. Es decir, la cantidad que te correspondería de prestación sería el porcentaje estipulado respecto a tu cotización en los últimos 6 meses antes de quedar desempleado.

      Si después encuentras otro trabajo pero te despiden y ya habías empezado a cobrar tu prestación, da igual las condiciones de este trabajo ni el tiempo que estés, siempre que no sea baja voluntaria puedes reanudar la prestación que tenías aprobada, para seguir disfrutando de ella en el punto en que la cortaste. A no ser que estés en un nuevo trabajo más de un año, que ya generaría un nuevo derecho a prestación y en cuyo caso tendrías que elegir entre las 2, la prestación antigua (con su importe y duración en el punto que la cortaste) o la generada nueva (con su importe y duración).

      Esperamos haberte ayudado. Un saludo del equipo.

  • Buenas tardes,
    Si cojo la prestación por desempleo de media jornada (mi último contrato) pero a mitad prestación la paralizo para trabajar jornada completa unas semanas y luego reanudo el paro...si se me termina el paro, ¿que contrato se me tiene en cuenta para el subsidio? ¿El último antes de percibir la prestación (media jornada) o el último por el cuál he paralizado mi paro (jornada completa)?
    No se si me he explicado bien :)
    Gracias de antemano.

    • Hola Amparo, el subsidio por desempleo tiene una duración de 6 meses prorrogables hasta 18 y una cantidad concreta (80% del IPREM), no se calcula en base a ningún contrato anterior como en el caso de la prestación contributiva y se concede únicamente si cumples los requisitos exigidos una vez finalices la prestación por desempleo.
      Esperamos haberte ayudado. Un saludo del equipo.

  • Hola buenos días,
    Aún tengo paro de la empresa anterior y ahora estoy trabajando en una nueva empresa pero tengo contratos eventuales (no tengo continuidad). Si entre contrato y contrato en la nueva empresa, vuelvo a reanudar el paro anterior, ¿no acumulo paro de la nueva empresa, vuelve a contar desde 0 por cobrar el paro entre contrato y contrato?¿O aunque cobre paro entre contrato y contrato se me acumulan los días hasta llegar a 360 y tener disponible un nuevo paro?

    Gracias.

    • Hola María,

      Efectivamente entre contrato y contrato puedes reanudar la prestación que ya tienes aprobada y se reanuda cada vez en las condiciones que se corta cuando se inicia un contrato en cuanto a importe concedido y tiempo a disfrutar. Respecto a los nuevos contrato no se acumulan en la prestación que tienes concedida sino que empiezan a acumular cotización para generar un nuevo derecho a prestación una vez que sobrepasen los 365 días cotizados.

      Un saludo del equipo.

  • Buenas tardes,
    Me gustaría que me asesoraran sobre mi caso. Estuve compatibilizando la prestación por desempleo con un contrato de media jornada. Este mismo contrato finalizaba en julio de 2019 pero, se me hizo una renovación del mismo con aumento de horas, salario y centro de trabajo (habiendo superado ya el período de prueba) y a la vez comencé a trabajar en otra empresa. Por lo que, mantenía dos empleos y no cobraba prestación.
    Causé baja voluntaria en el primer empleo, (con el que tuve aprobada la compatibilización hasta la renovación del contrato) y, más tarde tuve un fin de contrato con el segundo empleo. (Todo ello en diciembre de 2019)
    He solicitado la reanudación de mi prestación y al tener un fin de contrato me la aceptan pero , quitándome un 37,5% del importe. Me explican en el SEPE que me mantienen ese porcentaje porque se corresponde con la compatibilización que solicité con el primer trabajo. Y que eso se debe mantener así, ya que al solicitar yo la baja voluntaria en ese primer empleo me restan el porcentaje que compatibilicé. He solicitado una revisión de la solicitud ya que no entiendo por qué me restan ese porcentaje en vez de reanudarme la prestación con mi base, si mi fin de contrato se produce con otra empresa diferente y más tarde que la baja voluntaria.

    • Hola Alma,

      Tu caso es muy particular y se debe contrastar que condición tendría prioridad respecto a la concesión de la prestación, si en el SEPE te han dado esa información entendemos que estará bien contrastada, no obstante puedes pedir otra cita por si otro técnico diferente te puede asesorar y ayudar en cuanto a la posibilidad de reclamar ese porcentaje.

      Un saludo del equipo.

  • Buenos días,
    Tengo una prestación antigualla suspendida por falta grave de una empresa que no me dio de alta y en inspección de trabajo fue sancionado empresario y a mi me suspendieron el desempleo por ese motivo. Pasados dos años de lo sucedido vuelvo a solicitar la nueva prestación con alta nueva.
    Estoy inscrita en desempleo pero al estar las nominas cerradas no me han dado respuesta de cual es la cantidad de lo acumulado en estos dos años.
    Mi pregunta es si tengo derecho a prestación de la nueva solicitud aunque la anterior esté suspendida por falta grave comentada.
    Gracias por su aclaración!

    • Hola Elena,

      Entendemos que si tras esa sanción has vuelto a trabajar y ha sido por un periodo superior a 365 días has generado un nuevo derecho a prestación que si no has causado baja voluntaria tendrías derecho a percibir, pero al ser una situación tan particular y no tener datos suficientes al respecto no podemos darte una respuesta con seguridad. Debes dirigirte a tu oficina del SEPE y que te lo aclaren de manera que puedas solicitar la prestación dentro de sus plazos reglamentarios.

      Un saludo del equipo.

  • Hola,estoy cobrando el paro y me ofrecen trabajo para cubrir una baja de 10 días.En el paro estoy cobrando unos 700 euros y el contrato que me ofrecen es a media jornada.(500 euros mes).Mi pregunta es: al acabar este contrato me darían la misma cuantía de dinero que antes o me calcularían conforme el último contrato a media jornada?

    • Hola Inma,

      Si estás percibiendo la prestación por desempleo y la interrumpes por un contrato laboral, independientemente del tiempo que dure éste o las condiciones que tenga, a su finalización tu puedes retomar la prestación que estabas percibiendo en el mismo punto. Este nuevo empleo cotizará para la generación de un nuevo derecho a prestación una vez supere el año cotizado. Por lo tanto si trabajas esos 10 días luego puedes retomar tu prestación por la misma cantidad y tiempo que te quede por disfrutar en el momento que lo cortas al iniciar ese trabajo.

      Un saludo del equipo.

  • Estaba cobrando prestación y agoté tres meses de la misma empezando a trabajar y acumulando 14 meses de contrato. ahora debo elegir entre la nueva prestación (4 meses) y la antigua (7 meses). Quería sabe: ¿ si elijo la antigua prestación tendría derecho a 3 meses por un importe al 75% de la base de cotización o empezaría de nuevo correspondiéndome así 6 meses al 75% de dicha base?.

    • Hola,

      En estas situaciones tienes que sopesar bien cuál de las 2 prestaciones te interesa más, para ello primero que te informen de la cuantía que genera cada una de ellas y la duración, pero si decides retomar la que iniciaste antes de u último contrato la retomas por el punto que la cortaste, por lo tanto si ya has consumido 3 meses, sólo te corresponderán 3 más al 75%.

      Un saludo del equipo.

  • Hola, dejé mi trabajo de manera voluntaria el pasado mes de mayo de 2019, tras 2 años y medio en la empresa, porque empecé un máster que era incompatible con los horarios. Lógicamente no tuve derecho a paro. Si ahora aceptara una oferta de trabajo temporal (campaña de navidades), al finalizarlo, ¿tendría derecho a solicitar el paro? O tiene que ser un contrato de al menos 3 meses de duración? Gracias!

    • Hola Maite,

      Efectivamente para poder generar a prestación por desempleo después de una baja voluntaria debes estar al menos 3 meses trabajando con un nuevo contrato.

      Un saludo del equipo.

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