Tipos de contratos de trabajo en 2017
Los tipos de contratos de trabajo aplicables en 2017 se agrupan en 4 bloques generales: indefinidos, temporales, formativos y en prácticas.
En este artículo te explicamos los tipos de contratos de trabajo existentes en 2017, con objeto de ayudarte a identificarlos y a comprender mejor las principales características de cada uno de ellos. No obstante, podrás encontrar una información más detallada en esta “Guía de contratos” que el SEPE publicó en enero.
En primer lugar, debes saber que los contratos de trabajo se han agrupado en cuatro modalidades:
El resto de “sub-tipos” de contrato de trabajo, hasta 42 sub-tipos de contratos existen en España, se encuadran dentro de estas cuatro grandes modalidades, a las que se les puede ir añadiendo diferentes cláusulas y fórmulas condicionantes, como por ejemplo que la contratación sea a tiempo parcial o a tiempo completo, o que exista un condicionante en la contratación derivado de características de la persona a la que se va a contratar (persona con discapacidad o víctima de violencia de género, etc.).
Contenidos del artículo
1. Contrato Indefinido
El contrato indefinido es aquel que no establece límites de tiempo en cuanto a la duración del contrato, sólo se establece la fecha de inicio de la contratación indefinida. Podrá celebrarse a jornada completa, parcial, o para servicios fijos discontinuos (estén tipo de contratación es muy habitual en ciertos sectores en los que la actividad depende de la época del año, como por ejemplo el sector de la hostelería y restauración). Existen diferentes tipos de contratos indefinidos, más de 17, en función de las fórmulas condicionantes que se incluyan, tales como: que la persona contratada tenga una discapacidad, o que víctima del terrorismo, o que el trabajador esté en situación de exclusión social, etc.
2. Contrato Temporal
En los contratos temporales, la relación laboral se acuerda por un tiempo determinado, con una fecha de inicio y de finalización concretas. A su vez, también puede ser a jornada completa o parcial, y existen más de 20 sub-tipos en función de distintas cláusulas específicas, como por ejemplo: que el contrato sea de interinidad (para cubrir una baja por maternidad o una excedencia,…), o que se realice para una obra o servicio determinado, o por circunstancias de la producción, etc.
3. Contrato para la formación y el aprendizaje
Es un contrato que trata de favorecer la inserción laboral de los jóvenes en el mercado de trabajo. A la par que el trabajador realiza una actividad laboral retribuida, recibe una formación específica acerca de la ocupación para la cual se le contrata. Para que una persona pueda ser contratada en bajo un contrato de formación, tiene que reunir unos requisitos, como no tener formación reglada relacionada con la ocupación para la cual se le contrata, y ser menor de 25 años (no existe límite de edad en el caso de que la persona contratada tenga una discapacidad reconocida igual o superior al 33%).
4. Contrato en prácticas
Permite al trabajador obtener una práctica profesional que se corresponda con su formación académica. Este contrato puede concertarse con personas que estén en posesión de título universitario o de formación profesional de grado medio o superior, o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes. Si el trabajador es menor de 30 años no se tiene en cuenta la fecha de terminación de los estudios, en caso contrario, no deben haber transcurrido más de 5 años desde la finalización de sus estudios (o siete años si el contrato se concierta con un trabajador con una discapacidad reconocida igual o superior al 33%).
Esperamos haberte ayudado a identificar las cuatro principales modalidades de contratos vigentes en 2017, que son los mismos que quedaron aprobados en 2014 tras la aprobación del Real Decreto-ley 16/2013, de 20 de diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores. A continuación te dejamos algunas de las categorías donde más ofertas de empleo tenemos: