Nueva subvención del SOC a empresas de Cataluña: Forma e Inserta

El SOC (Servei Públic d’Ocupació de Catalunya) ofrece subvenciones a través del programa Forma e Inserta. Se trata de una subvención destinada a empresas, asociaciones de empresas, agrupaciones y gremios (con establecimiento operativo en Cataluña), para llevar a cabo acciones formativas en la modalidad de formación con compromiso de contratación.

Para llevar a cabo estas acciones, se ha establecido un presupuesto de 1.000.000 € y 40.000 € de becas y ayudas por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social. La formación susceptible de ser subvencionada es la siguiente:

  • Formación del Registro catalán de especialidades formativas (destinadas o no a la obtención de certificados de profesionalidad).
  • Formación a medida de la empresa solicitante.
  • Formación construida con un itinerario mixto formado en base a la suma de módulos formativos de diferentes especialidades.

El plazo de presentación de las solicitudes será hasta el 31 de octubre de 2017, y las acciones que obtengan subvención deben comenzar a impartirse una vez se notifique la resolución de otorgamiento y deberán terminar, como máximo, el 31 de octubre de 2018.

Para poder optar a estas ayudas, las empresas deben comprometerse a la contratación, como mínimo, del 60% del alumnado que tengan en formación.

Las acciones de formación se dirigen a personas desempleadas, que sean demandantes de empleo no ocupados (80%), y a trabajadores que se hayan incorporado en los últimos tres meses en la empresa y que requieran formación específica para adaptarse a su puesto de trabajo (20%).

 

¿Quién imparte la formación?

Es la empresa la que solicita la subvención, pero una vez concedida la ayuda la empresa puede subcontratar a una entidad proveedora de formación la totalidad de la gestión y la realización de la acción formativa subvencionada.

 

¿Cómo se solicita la subvención?

Mediante GIA, la aplicación informática del SOC.

 

¿Qué duración mínima ha de tener el contrato?

Una vez finalizada la acción formativa, los alumnos han de ser contratados por la empresa solicitante, preferentemente bajo contrato indefinido o de una duración no inferior a 6 meses a jornada completa o de una duración equivalente cuando sea a tiempo parcial.

Para empresas del sector comercio, turismo, hostelería o agricultura, la duración del contrato debe ser no inferior a 4 meses.

 

MÁS INFORMACIÓN Y CONTACTO

 

NORMATIVA

Negocios de fotografía creado por Pressfoto – Freepik.com