Contrato en prácticas ¿debemos rechazarlo?
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Si bien el contrato en prácticas no es el tipo de acuerdo laboral que queremos tener, y más si hablamos a largo plazo o de profesionales con una amplia trayectoria y reputación, sí puede ser útil para toda aquella persona sin experiencia previa.
De hecho, sus características están orientadas a la colocación del recién titulado en su primer puesto de trabajo y se encuentran reflejadas en el Real Decreto 488/1998 del 27 de marzo, Artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores.
Requisitos del contrato en prácticas
Deben ser realizados siempre y cuando no se hayan superado 5 años desde la obtención del título o 7 si tiene alguna discapacidad. Por titulación se entiende carrera universitaria, formación profesional, certificados de profesionalidad o acreditaciones oficiales equivalentes. Cabe mencionar que, si se trata de su primer empleo y tiene menos de 30 años, el interesado no sufrirá estás limitaciones.
En caso de superar el año, la empresa deberá avisar al trabajador de la finalización del contrato en un plazo mínimo de 15 días. Si no se ha alcanzo el año, no tiene obligación. En caso de no cumplirse el preaviso, se deberá aportar una indemnización al trabajador.
Características del contrato en prácticas
La contratación en prácticas del trabajador tiene un mínimo de 6 meses y un máximo de 2 años, tanto dentro de la misma empresa como en distintas compañías. Por otro lado, el convenio colectivo podrá establecer una serie de pautas dentro de estos límites.
El contrato en prácticas cotiza al desempleo, por lo que, tras su finalización, contará con derecho a paro en caso de haber cumplido el período mínimo establecido.
Tras la finalización del contrato, el profesional no contará con indemnización.
El salario se ajusta en función del puesto a desempeñar, obteniendo el 60% del establecido en el convenio durante el primer año. En su segundo año ascenderá hasta el 75%. Sin embargo, nunca podrá ser inferior al mínimo interprofesional.
El contrato en prácticas cuenta con un período de prueba de un mes para titulados de grado medio y certificados de profesionalidad de nivel 1 y 2. Para los de grado superior o certificados de nivel 3, el período ascenderá a dos meses.
Datos a tener en cuenta
Actualización sobre el contrato en prácticas no laborales (27/09/2017)
- La edad máxima pasa de 25 a los 29 años.
- La edad mínima ha bajado de los 28 a los 16 años.
Me interesaria mucho conseguir un contrato de formación en una Farmacia, hace 1 año que me saqué el titulo y no he conseguido aun trabajo en este puesto. Tampoco me importaría trabajar en otro tipo de puesto, mi objetivo es conseguir experiencia de lo que sea y poder encontrar un puesto estable.
Acabo de inscribirme en esta página y no sé muy bien como va, tengo que inscribirme en las ofertas que se vaya publicando o vosotros os encargáis de buscar en las empresas?
Estaba interesada en una oferta que he visto, a través de cover job, de un contrato de aprendiz de cocina, pero no se que mas tengo que hacer para poder apuntarme..
Buenos días Marta,
Si estás inscrita en la página como demandante de empleo, hay dos opciones:
Dentro del área de demandantes encontrarás un apartado de ofertas de empleo y desde ahí puedes optar a cualquier oferta.
Un saludo del equipo de Ocupa2.