Ofertas de trabajo

Una Agencia de Colocación no es una Empresa de Trabajo Temporal

 

Una Agencia de Colocación no es una ETT
AGENCIA DE COLOCACIÓN EMPRESA DE TRABAJO TEMPORAL
Regulada por el RD 1796/2010 Regulada por la Ley 14/1994
Actúa de intermediaria entre los demandantes de empleo y las empresas. Pone a disposición de otras empresas a sus propios trabajadores.
No cobra por los servicios que presta un trabajador en la empresa contratante. Cobra por los servicios que presta el trabajador en la empresa a la que es cedido.
No realiza contratación directa a los demandantes de empleo, realiza inserciones laborales en otras empresas. Realiza contratación directa con los demandantes de empleo y los cede mediante un contrato de puesta a disposición.
La contratación del demandante de empleo que solicita los servicios de la Agencia de Colocación, puede ser tanto temporal, como indefinida. Se le pueden realizar todos los tipos de contratos de trabajo vigentes como contratos para la formación y el aprendizaje y contratos en prácticas, según la necesidad de la empresa contratante.

La contratación de estos trabajadores por la Empresa de Trabajo Temporal, también puede hacerse temporal o indefinida, pero nunca podrá realizarse un contrato en prácticas, ni un contrato para la formación y el aprendizaje, solamente se podrán contratar para ser cedidos a otras empresas por contratos temporales por diferentes motivos, relación que finalizará cuando se acabe el motivo de la contratación temporal.

Se realizan acciones de orientación laboral con los demandantes de empleo. No se realizan acciones de orientación laboral con los demandantes de empleo.
Se realizan acciones de acompañamiento laboral a los demandantes de empleo. No se realizan acciones de acompañamiento laboral a los demandantes de empleo, ya que están contratados por la misma ETT.
Se realizan itinerarios personalizados con los demandantes de empleo. No se realizn itinerarios personalizados con los demandantes de empleo.
Se realizan talleres de búsqueda de trabajo con los demandantes de empleo. No se realizan talleres de búsqueda de trabajo con los demandantes de empleo.
Trabajan en coordinación o en colaboración con el Servicio Público de Empleo Estatal. No trabajan en coordinación ni colaboración con el Servicio Público de Empleo Estatal.
Tienen que informar de los indicadores de eficacia establecidos por el Servicio Público de Empleo Estatal. No se les establece ningún indicador de eficacia por parte del Servicio Público de Empleo Estatal.
Tienen que informar de forma mensual al Servicio Público de Empleo Estatal del resultado de su actividad, es decir, de todas las acciones que realicen con los demandantes de empleo. Solamente tienen que informar al Servicio Público de Empleo Estatal de el número de contratos que realiza.

Para más información puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestra web y puedes seguirnos en Facebook, Twitter y Lindekin.

También puede enviarnos tus consultas a info@ocupa2.dom

Regístrate, tenemos un plan de empleo para ti.

Angustias Pendon

Compartir
Publicado por
Angustias Pendon

Entradas recientes

Año Europeo de las Competencias: un nuevo horizonte para el aprendizaje permanente

Desde el 9 de mayo de 2023 hasta el 8 de mayo de 2024, se…

1 semana hace

Cómo desarrollar un Plan LGTBI en las empresas

En el contexto de la nueva legislación sobre derechos LGTBI, las empresas con más de…

1 mes hace

Asesoramiento para la adquisición o fusión de empresas

En el dinámico mundo empresarial de hoy, las adquisiciones y fusiones de empresas se han convertido en…

1 mes hace

Una buena asistencia jurídica

El mundo judicial es un ámbito complejo y muy desconocido para la mayor parte de…

1 mes hace

Sostenibilidad: tendencia empresarial en 2024

La sostenibilidad en el entorno empresarial ha dejado de ser una elección para convertirse en…

2 meses hace

22 mejores páginas de trabajo remoto con vacantes actuales

En el mundo laboral actual, la tendencia hacia el trabajo remoto ha ganado un impulso…

2 meses hace