Mucho se está hablando estos días sobre el permiso de paternidad. La ampliación a cinco semanas no ha dejado indiferente a nadie, pero ¿conoces todos los pasos que debes seguir para pedir el permiso de paternidad? Te los contamos aquí.
En primer lugar, debemos saber que la prestación por paternidad es un subsidio que se reconoce a los trabajadores que suspenden el contrato de trabajo o dejan su actividad profesional, durante los días legalmente establecidos, con motivo del nacimiento de un hijo, adopción o acogimiento. Durante estos días sin actividad, la Seguridad Social se hace cargo del ‘sueldo’ del trabajador.
Este permiso, además, suele ir acompañado de una serie de días como permiso retribuido, de los que se hace cargo la empresa. La duración depende del convenio, pero suele ser de tres días.
Tienen derecho a esta prestación los trabajadores por cuenta ajena, funcionarios o autónomos que estén afiliados y en alta en la Seguridad Social. Además, deben tener cubierto un periodo de cotización de 180 días dentro de los últimos siete años inmediatamente anteriores a la fecha de inicio del período de suspensión o del permiso, o alternativamente, 360 días cotizados a lo largo de su vida laboral, con anterioridad a la mencionada fecha.
Una vez haya nacido el bebé se deben realizar dos trámites fundamentalmente:
Previamente, en el caso de los trabajadores por cuenta ajena, se debe haber solicitado a la empresa un certificado de baja en el que figure el sueldo del último mes para que la Seguridad Social pueda establecer los varemos de pago que se van a aplicar, así como la fecha de inicio de la suspensión laboral por paternidad.
Debes tener en cuenta que algunas empresas, generalmente las que tienen asesoría externalizada, para corroborar el nacimiento del bebé pueden pedir un certificado de maternidad que emite el doctor de cabecera (no de paternidad, que puede llevar a confusión). Con este, las empresas generan el Certificado para obtener la prestación por paternidad.
Dentro de la documentación específica que hay que aportar destaca:
Depende de la empresa, lo normal es que tanto empleado como empleador cotejen la fecha de incorporación, ya que el papá puede coger la baja dentro de las 16 semanas de la baja de maternidad.
No obstante, si tienes alguna duda puedes preguntar en tu oficina de la Seguridad Social más cercana (encuéntrala pinchando aquí) o directamente al departamento de recursos humanos de tu empresa.
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