Muchas veces, cuando vamos a realizar algún tipo de trámite administrativo, solicitar vacaciones o prestaciones, nos mencionan los días naturales, días laborables o días hábiles. Y a veces uno se hace un lío ¿verdad?
En el ámbito legal y administrativo, es común encontrarnos con términos como «días naturales», «días hábiles» e «inhábiles» y «días laborables». Si bien a primera vista pueden parecer similares, cada uno tiene una definición y un uso específicos. Vamos a ser lo más claros posibles en este artículo.
Los días naturales son TODOS los días del año, de lunes a domingo, hasta los días festivos. Esto incluye:
Un año natural tiene 365 días (366 si es bisiesto) y todos ellos cuentan como días naturales.
Los días hábiles son aquellos en los que, por disposición legal, se consideran aptos para la realización de trámites y actuaciones de carácter administrativo o judicial. En España, según la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los días hábiles son:
Es importante destacar que, si bien los sábados generalmente no se consideran hábiles, en algunos casos específicos sí pueden serlo. Por ejemplo, si una empresa o administración pública tiene jornada laboral los sábados, estos también serán días hábiles para ellos.
Los días inhábiles, en contraposición a los hábiles, son aquellos en los que no se llevan a cabo trámites ni actuaciones de carácter administrativo o judicial. En España, los días inhábiles son:
En estos días, las oficinas públicas y privadas generalmente permanecen cerradas y las actividades se suspenden. Esto implica que no corren los plazos establecidos para la presentación de solicitudes, recursos u otras actuaciones.
Los días laborables, también conocidos como días laborales, son aquellos en los que, según la organización o empresa, se desarrolla la actividad laboral ordinaria.
A diferencia de los días hábiles, que tienen una definición legal específica, los días laborables pueden variar según la empresa o sector. En general, coinciden con los días hábiles (de lunes a viernes), pero en algunos casos pueden incluir los sábados o tener excepciones particulares.
Comprender las diferencias entre días naturales, días hábiles y días laborables es fundamental para interpretar correctamente plazos legales, presentar solicitudes a tiempo y conocer los días en los que se pueden realizar trámites administrativos o judiciales.
En caso de duda, siempre es recomendable consultar la normativa específica o acudir a un profesional especializado para obtener información precisa.
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Gracias por la aclaración. Siempre me hago un lío con los laborables y los hábiles.
Qué lío !!