A partir del 12 de mayo las empresas deben registrar diariamente la jornada laboral de sus trabajadores
El control diario de la jornada laboral es obligatorio a partir del 12 de mayo. Se trata de una medida esperada y necesaria para acabar con la horas extras que no son pagadas ni cotizadas y en definitiva, con la precariedad laboral.
El final de 2018 estuvo marcado por multitud de denuncias presentadas ante la Inspección de Trabajo y Seguridad relacionadas con el tiempo de trabajo. En concreto, los empleados a tiempo completo denunciaban jornadas laborales superiores a 40 horas semanales y los trabajadores a tiempo parcial, lo hacían por jornadas efectivas no declaradas.
Con la aprobación del Real Decreto Ley 8/2019 el pasado 8 de marzo se pone fin a las polémicas imponiendo de forma obligatoria para todas las empresas el control del horario de los trabajadores como medida de protección social para luchar contra la precariedad laboral.
🛂¿Qué deben hacer las empresas?
En primer lugar, el 12 de mayo deben tener habilitado un sistema que permita recoger la hora de entra y salida de cada trabajador antes del 12 de mayo. Y en segundo lugar, este registro de la jornada laboral debe fijarse por convenio colectivo o acuerdo colectivo de empresa. Sólo en su defecto, será organizado según decisión unilateral del empresario, siempre con previa consulta a los representantes legales de los trabajadores en la empresa.
Este control diario debe incluir el horario de inicio y de finalización de cada empleado, con las especialidades que requieran determinados sectores y categorías profesionales.
En el caso de las horas extras deben ser contabilizadas y pagadas, con la consiguiente cotización por las mismas a la seguridad social, implicando:
🔸Un aumento de la cuantía por baja laboral
🔸Mayor importe de indemnización por despido
🔸Una cuota más amplia por desempleo
🔸Pensiones más elevadas por jubilación
⛔¿Y si las empresas no registran la jornada de sus trabajadores?
El incumplimiento de este registro se considerará una infracción grave y será sancionada con multas desde 626 a 6250 euros.
🔸De 626€ a 250€ en su grado mínimo
🔸De 251€ a 3.125€ en su grado medio
🔸De 126€ a 6.250€ en su grado máximo.
🗳¿Qué deben hacer con ese registro?
Las empresas están obligadas a conservar durante cuatro años todos los datos obtenidos del registro diario de la hora de entra y salida de los trabajadores. Y además, estos documentos deben estar disponibles para trabajadores, sindicatos, Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
🕐Tipos de sistemas
Existen diferentes opciones en función de los medios económicos y de tiempo que disponga la empresa para implementar un sistema.
Sistema manual
Se trata de utilizar una hoja de cálculo que registre las horas diarias de cada trabajador e incluya su firma. El encabezado del documento debe incluir los datos de la empresa y del empleado, siempre de forma individualizada.
Sistema informático
Se trata de utilizar el desarrollo de aplicaciones con sistemas de geolocalización, programas informáticos que midan el encendido y apagado del ordenador (presencial), tarjetas de acceso con banda magnética o de proximidad u otros sistemas basados en rasgos físicos como las huellas dactilares, morfología de la mano, de los ojos o de la cara (aspectos biométricos de los empleados).