Qué debes saber si una empresa te ofrece un contrato de formación

¡Por fin! Tras todas esas horas invertidas en preparar tu Currículum Vitae y elegir cuidadosamente el atuendo para tu entrevista de trabajo, recibes una llamada en la que escuchas las palabras mágicas: ¡Estás contratado! 

 

Gritas, bailas y lo celebras por todo lo alto, hasta que llegas a la empresa y te dicen: ¡vas a realizar un contrato de formación en alternancia! Los interrogantes comienzan a sucederse en tu cabeza: 

 

  • ¿Voy a tener que estudiar? 
  • ¿Tengo los mismos derechos que en cualquier otra modalidad contractual? 
  • ¿Cotizaré a la Seguridad Social? 

Tranquilo, en este artículo te contamos todo lo que debes saber sobre el contrato para la formación y las numerosas ventajas que puede aportarte. 

 

¿Qué es el contrato de formación en alternancia? 

El contrato de formación en alternancia con el empleo es un tipo de contrato formativo que combina la actividad desarrollada en el puesto de trabajo con aprendizaje. La formación se realiza a través de un campus virtual o en modalidad semipresencial acudiendo al centro de formación designado por la empresa y el alumno-trabajador. 

 

Durante el primer año de contrato, el 65% de la jornada se destina al trabajo en la empresa y el 35% a la actividad formativa. Es decir, si te hacen un contrato de 8 horas, dedicarás aproximadamente 26 horas al trabajo en la empresa y las 14 horas restantes al estudio, a la semana. Este porcentaje se reduce al 15% durante el segundo año de contrato, dedicando un 85% del tiempo al trabajo efectivo. 

 

Al combinar el trabajo en la empresa con formación, estarás obteniendo experiencia profesional en un puesto de trabajo real y te formas junto a profesionales en activo. Este contrato es una gran opción para que los jóvenes se inicien en el mundo laboral. 

 

¿Debo cumplir con algún requisito?

El alumno-trabajador contratado en formación debe cumplir con los siguientes requisitos

  • Tener una edad comprendida entre los 16 y los 30 años*. 
  • Estar inscrito como demandante de empleo. 
  • No haber agotado la duración máxima establecida para los contratos en alternancia en un trabajo anterior, ni desempeñado el mismo puesto de trabajo en la empresa por un periodo superior a 12 meses. 
  • Contar con acceso a internet y habilidades tecnológicas básicas. 

*No existe limitación en la edad si la formación está vinculada a un certificado de profesionalidad de nivel 3 o si se trata de personas con discapacidad o colectivos en situación de exclusión social. 

 

¿En qué consiste la formación de mi contrato? 

Los contenidos que aprenderás a lo largo de tu contrato de formación estarán relacionados con la actividad que desempeñas en tu puesto de trabajo. La finalidad de las horas de aprendizaje es que puedas adquirir conocimientos

muy especializados sobre la ocupación que desempeñes y convertirte en un profesional todavía más completo y eficaz. 

Son contenidos muy prácticos y dinámicos, por lo que no debes preocuparte, podrás superarlos fácilmente. 

 

¿Recibiré algún título por esa formación? 

Sí. Debes saber que la formación aparejada a tu contrato puede ser de dos tipos: a través de especialidades formativas, o vinculada a la obtención de un Certificado de Profesionalidad

En el primer caso recibirás formación más específica en microformaciones. Al finalizarlas conseguirás un diploma que acredita los conocimientos obtenidos. Como ventaja, te formarás en modalidad 100% online y sin desplazamientos para exámenes o tutorías. 

Por otro lado, si la formación está compuesta por los módulos formativos de un certificado de profesionalidad, obtendrás una titulación oficial al superarlos todos satisfactoriamente. La ventaja de este certificado es que es reconocido a nivel nacional y europeo, por lo que puede abrirte muchas puertas a futuro. No obstante, algunas de tus tutorías y exámenes serán de carácter presencial, por lo que tendrás que desplazarte al centro de formación. 

 

¿Cuáles son mis derechos si tengo un contrato de formación? 

Formación gratuita 

Toda la formación que recibes a lo largo de tu contrato es totalmente gratuita para ti, y también para el empresario. Este es un aspecto especialmente interesante si tenemos en cuenta que la realización de un certificado de profesionalidad de forma privada tiene un coste importante.   

 

Derecho a cobrar un salario 

Al igual que en cualquier otro tipo de contrato, recibirás un sueldo por el trabajo realizado, pero no por el tiempo que destines a la formación. Ese sueldo no podrá ser inferior (proporcionalmente) al Salario Mínimo Interprofesional o al salario establecido en el Convenio Colectivo al que esté sujeto la empresa. 

Por ejemplo: si el convenio no establece un salario mínimo y la empresa te paga en base al Salario Mínimo Interprofesional (que asciende a 1.000 € en 2022), el salario nunca podrá ser inferior a 650 € el primer año (65% de 1.000 €) o 850 € el segundo año (85% de 1.000 €). 

 

Cotización a la Seguridad Social y derecho a desempleo 

Al igual que en cualquier otra modalidad contractual, con el contrato de formación estás cotizando a la Seguridad Social y, por tanto, tienes derecho a recibir la prestación por desempleo a su finalización (siempre y cuando cumplas los requisitos exigidos por el Servicio Público de Empleo). 

Además, debes saber que a la finalización de un contrato de formación (que puede tener una duración máxima de hasta 2 años si el convenio no indica lo contrario), la empresa puede recibir una bonificación si decide hacerte indefinido. ¡Una ayuda para el empresario que multiplica tus opciones de conseguir ese empleo fijo que tanto deseas! 

 

Esperamos que todas estas claves te ayuden a entender mejor qué es un contrato de formación y por qué representa una buena oportunidad para tu futuro laboral.